Por las razones expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN AL CONVENIMIENTO presentado por el ciudadano HERNANDO VILLAMIZAR VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-5.646.071 con el carácter de demandado, debidamente asistido por la abogada Luz Esmeralda Jaimes Reyes, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V.-10.167.716 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.180; a tal efecto se da por consumado el presente convenimiento y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.