Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana Adriani Coromoto Colmenares Cárenas, por reconocimiento de unión concubinaria interpuesta en contra de los ciudadanos Rafael Angel Plata Rojas, Mildred Plata Pabón y Ruby del Carmen Plata, identificados suficientemente en esta decisión. En consecuencia, queda establecido que entre ADRIANI COROMOTO COLMENARES CARDENAS y el extinto ciudadano RAFAEL ARCANGEL PLATA PEÑALOZA existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició en el día 31 de Julio de 1997, hasta el veintiséis de septiembre de 2004.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
Publíquese, regístrese .....