DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Carlos Vicente García Ayona, por reconocimiento de unión concubinaria, interpuesta en contra de la ciudadana Briggette Daviana Burgos Mora, quien es hija de la de cujus Ana María Mora Álvarez, identificada suficientemente en esta decisión. En consecuencia, queda establecido que entre Carlos Vicente García Ayona y la de cujus Ana María Mora Álvarez, existió una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició en el mes de enero de 1997, hasta el día dieciocho (18) de enero de 2012.
SEGUNDO: Inscríbase esta sentencia en los Libros de Registro Civil, llevados por el Registro Civil del .....