Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara suficiente para asegurarle a la ciudadana JIMENEZ VIUDA DE POSSO HERMINIA venezolana, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad N° V.-22.635.396, respectivamente su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en su carácter de MADRE de JOSE WILLGEN POSSO JIMENEZ, quien falleció en el Centro Clínico "La Colonia" del Municipio Junín del Estado Táchira; según consta de Acta de Defunción arriba señalada. Conforme al Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a los interesados y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-