por cuanto del computo practicado en esta misma fecha se desprende que el lapso de emplazamiento se encuentra comprendido entre el 24/09/2009 al 22/10/2009 ambas fechas inclusive, lapso dentro del cual la parte demandada ciudadanos SARA GELMA VILLAMIZAR RODRIGUEZ, ANA TERESA VILLAMIZAR RODRIGUEZ, JOSE RODRIGO VILLAMIZAR RODRIGUEZ, EDA MARIA VILLAMIZAR RODRIGUEZ, CARLOS SAUL VILLAMIZAR RODRIGUEZ, LUZ IGNIRIDA VILLAMIZAR RODRIGUEZ, GERARDO ANTONIO VILLAMIZAR RODRIGUEZ, BEATRIS JULIETA VILLAMIZAR RODRIGUEZ y NUBIA CONSUELO VILLAMIZAR RODRIGUEZ, no comparecieron ni por si ni por medio de apoderados a dar contestación, ni mucho menos a oponerse a la partición; en consecuencia, este Juzgado, con fundamento en el artículo antes citado, emplaza a las partes, para las diez de la mañana del décimo (10 mo) día de despacho siguiente a aquel en que conste en el expediente la notificación de las partes, para que tenga lugar el acto de nombramiento de PARTIDOR en la presente causa. Y así se decide. .....