De acuerdo con lo expuesto, se aprecia que en el caso sub iudice, el inmueble objeto de protección posesoria se encuentra ubicado en la carrera 1 entre calles 10 y 11 N° 113 y 115, Urbanización El Cafetal, Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, y el Juzgado del Municipio Córdoba tiene competencia territorial en dicho Municipio, mientras que los Juzgados de Primera Instancia Civil con jurisdicción en el Estado Táchira, tiene su sede en la ciudad de San Cristóbal, por tanto, al estricto tenor del artículo 712 ibidem, en concordancia con los criterios expuestos, visto que el inmueble está situado en el Municipio Córdoba, en el cual existe el Juzgado del Municipio Córdoba de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, es a este a quien corresponde el conocimiento de la querella interdictal de obra nueva incoada.
En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, conforme lo pr.....