Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de PRESCRIPCIÓN realizada por los abogados SOLAGNE TRINIDAD CARDOZO VELASCO y ENRIQUE OLIVO DIAZ, con Inpreabogados Nos. 79.108 y 14.925, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MAURA CECILIA ARAQUE.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo expresado en el Numeral anterior, se declara SIN LUGAR la SOLICITUD de cobro de Honorarios realizada por el ciudadano FREDDY LEAL MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 5.033.693, de este domicilio y hábil, en su carácter de Partidor.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, conforme al supuesto genérico de vencimiento total establecido en el artícu.....