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Decisiones del dia 27/05/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 21815 N° Sentencia : Fecha: 27/05/2014
Procedimiento:
Rectificación
Partes:
EILEE CLARO PEREZ
Resumen:
Dejando plasmado esta Sala las disposiciones legales que regular por su naturaleza, la distribución en el conocimiento de los casos a consideración de cada Tribunal de acuerdo a su competencia por cuantía, territorio o materia. Ahora bien, siendo el documento objeto de la Rectificación un documento administrativo emitido por un centro médico asistencial, tal y como lo es la Historia Clínica signada con el N° 711778, que lleva el Hospital Central de San Cristóbal del Estado Táchira, de cuya materia no es competente este Juzgado, considerándose competente para argüir la rectificación en comento, el Tribunal con competencia en lo Contenciosos Administrativo, este Tribunal en aplicación a los artículo 28 y 60 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente solicitud y DECLINA LA COMPETENCIA al Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Una vez quede firme la presente decisión tal como l.....
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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N° Expediente : 5518 N° Sentencia : Fecha: 27/05/2014
Procedimiento:
Autorización Judicial
Partes:
MARTHA CECILIA ESTRELLA DUQUE
Resumen:
En el caso de autos, se constata que de acuerdo al contenido del documento de propiedad del inmueble que fue traído a los autos (fs. 6 y 7), sobre el cual se solicita la autorización para efectuar la aclaratoria de linderos, el mismo pertenece a la solicitante MARTHA CECILIA ESTRELLA DUQUE, con cédula de identidad Nro. E-84.412.531, quien es mayor de edad, por tanto, la situación de hecho aquí contenida no se enmarca en las hipótesis normativas previstas en los artículos 267 del Código Civil y 364 de la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes, en virtud que el acto de aclaratoria para el cual se peticiona la autorización judicial obra en beneficio de un mayor de edad, quien no requiere de la autorización prescrita en la norma señalada. Así se decide. Así mismo, en virtud del principio de la autonomía de la voluntad de las partes para contratar, consagrado en el artículo 1.159 del Código Civil, a buena fe contractual establecida en el artículo 1.160 ejusdem.....
Juez/Ponente:
Josué Manuel Contreras Zambrano
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
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