Por los razonamientos de hecho y de Derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, DECLARA: Desistido ó Renunciado el derecho a Retasa por parte de la intimada "Asociación Civil Funcionarios del Cuerpo Técnico de Policía Judicial del Estado Táchira", y firme la estimación de Honorarios realizada por el abogado JESUS DAVID PEREZ MORALES.
Se condena a la Intimada a cancelar al abogado JESUS DAVID PEREZ MORALES, la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES FUERTES ( 384.000 Bs. F), monto este en el que fueron estimados los honorarios por la parte intimante.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.