éste Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL, de la ciudadana DIANA MARÍA BERBESÍ ROMERO, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V-21.219.051, soltera, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira. En consecuencia se nombra como TUTORA INTERINA de la precitada ciudadana a ANA CECILIA BERBESÍ ROMERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-3.788.518, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación y juramento.