PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda principal instaurada de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentada por SIMEÓN GARCÍA MEDINA y OMAIRA MEDINA DE GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges entre si, con cédulas de identidad V-2.552.662 y V-5.011.022 en su orden, el primero actuando en su propio nombre y con el carácter de director de la Sociedad Mercantil INVERSIONES AGROPECUARIAS REGAR C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 11 de octubre de 1993, bajo el No. 12, tomo 2-A, carácter acreditado en dicha acta constitutiva, en contra de la COOPERATIVA CORREDOR TURÍSTICO DE LAS ROSAS, domiciliada en Michelena, Estado Táchira, inscrita en el Registro Inmobiliario del Municipio Michelena del mismo estado, en fecha 27 de junio de 2002, bajo el No. 14, tomo III, protocolo primero, en la persona de su presidente ciudadana GREGORIA DEL CARMEN ARELLANO RUIZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad .....