En tal virtud, conforme a lo establecido en el artículo 211 ibidem, SE REPONE LA PRESENTE CAUSA al estado en que encontraba para el 31 de octubre de 2000 y por lo tanto Se Aclara que el emplazamiento acordado en la sentencia dictada en la mencionada fecha, para el nombramiento de Partidor, se hará por medio de boleta y dicho acto tendrá lugar a las 11:00 a.m., del décimo día de despacho siguiente a aquél en que conste en el expediente la última notificación que se haga a las partes intervinientes en el presente juicio.