este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL de la ciudadana ELENA MARIA SANCHEZ DE LABRADOR, venezolana, mayor de edad, identificada con la cedula N° V-1.900.892, de este domicilio. En consecuencia se nombra como TUTOR INTERINO (A), a la ciudadana MARIA NIEVES LABRADOR SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cedula Nro. V-5.023.896, de la prenombrada ciudadana ELENA MARIA SANCHEZ DE LABRADOR, del mismo domicilio de la Interdictada, a quien se acuerda notificar a los fines de su aceptación y juramento. Finalmente una vez se haya juramentado el (la) Tutora Interino (a) mencionado (a), se ordena proseguir el juicio por los trámites del procedimiento ordinario, quedando a partir de ese momento el procedimiento abierto a pruebas de conformidad con lo establecido en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. Protocolícese este Decreto en el Registro Correspondi.....