este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos MARIELA GUERRERO, FRANKLIN, GERZON ENRIQUE, JAMILY COROMOTO y WILFREDO ANTONIO NIÑO GUERRERO, venezolanos, mayores de edad, casados la primera y el últimos de los nombrados, los demás solteros, titulares de las cedulas Nros. V-2.893.855, V-5.237.804, V-9.130.506, V-9.134.151 y V-8.988.499, respectivamente, en su condición de esposa la primera e hijos los siguientes del de Cujus BAUDILIO NIÑO TORRES, fallecido el 20 de septiembre de 2006, de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS NOMBRADO.