PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por el ciudadano PABLO PITA AYALA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, con cédula de identidad No. E-81.732.746, con domicilio en San Pedro del Río, Municipio Ayacucho del Estado Táchira y hábil en contra del ciudadano GERARDO ANTONIO DURÁN ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-10.119.042, domiciliado en San Pedro del Río, Municipio Ayacucho del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ordena al demandado GERARDO ANTONIO DURÁN ZAMBRANO, antes identificado, a cumplir con lo pactado en el contrato privado celebrado con el ciudadano PABLO PITA AYALA, también identificado; y otorgue el respectivo documento definitivo de venta del inmueble.
CUARTO: SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN propuesta por los ciudadanos GERARDO ANTONIO DURÁN ZAMBRANO, arriba y identificado y el ciudadano GERARDO ANTONIO DURÁN NAVÁEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-16.320.095 en contra del .....