El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira declaro INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la demanda de ESTIMACION E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES intentada por LISBETH GUTIERREZ PERNIA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-5.176.922, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 18.615, con domicilio en San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, en contra de CARMEN JOSEFINA CORREA MATOS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 5.022.678, de este domicilio y hábil, por pretender la actora el cobro de una actuación extrajudicial (redacción y remisión por correo a abogado) de un escrito presentado en juicio, pero no suscrito por la actora en el mismo libelo de estimación e intimación de honorarios profesionales judiciales.