PRIMERO: declara sin lugar la demanda de DESALOJO intentada por DIMAS ANTONIO MÉNDEZ BÁEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-2.887.143, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 15.947, de este domicilio y hábil, en contra de CÉSAR RONDÓN, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-2.286.589, de este domicilio y hábil, sobre un inmueble propiedad del demandante formado por una casa y dos galpones para pollos alinderado así: NORTE: En 156 m con callejuela que conduce a Zorca, separa propiedad de Rafael Rincón, de la sucesión Chacón y Juan Bautista Cárdenas, SUR: Formado por una línea irregular, mide por un lado 55 m, por otro lado 17m colinda con propiedades de Federico Montañez y Juan Uzcátegui y por el otro lado mide 160 m y colinda por este costado con la quebrada La Lajera; ESTE: en 30 m con la carretera San Cristóbal conduce a Rubio y OESTE: formando una línea irregular por un lado mide 30 m por el otro costado mide 23 m colinda con la pr.....