PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demandad de ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA intentada por HERNÁNDO GUIZA VILLAMIL, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-81.895.967, comerciante, de éste domicilio y civilmente hábil, en contra de CARLOS EDUARDO GUERRERO CAMARGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.588.833, comerciante, domiciliado en la Calle 9, entre carreras 7 y 8, número 7-20, San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se condena al demandado de autos ciudadano CARLOS EDUARDO GUERRERO CAMARGO, pagar al demandante de autos ciudadano HERNÁNDO GUIZA VILLAMIL, ambos ampliamente identificados en el particular anterior, la cantidad de dinero que deberá determinarse a través de una experticia complementaria al presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, en donde se determine con precisión lo siguiente: 1) el costo del valor del inmueble, hoy día d.....