En el presente caso sub iudice, este Tribunal al revisar detenidamente la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 06/05/2013, (f. 49 al 62) observa que al folio 1, 2, 3, 10, 12, al hacer mención a los ciudadanos EDGAR EDUARDO NIÑO COLMENARES, DALVY ESTELLA NIÑO COLMENARES, JORGE ORLANDO ARCHILA, erróneamente se transcribió: ..." EDGAR EDAURDO NIÑO RODRIGUEZ, DALVY STELLA NIÑO COLMENARES, JOSE ORLANDO ARCHILA...", por lo cual este Tribunal a los fines de salvar dicho error de transcripción corrige el mismo, y aclara que los nombres correctos son: ..."EDGAR EDUARDO NIÑO COLMENARES, DALVY ESTELLA NIÑO COLMENARES, y JORGE ORLANDO ARCHILA..." y no como se mencionó en la sentencia proferida por este Juzgado anteriormente indicada.
En consecuencia Téngase el contenido del presente auto como parte integrante de la sentencia proferida en fecha 06/05/2013.Y así se decide.
Ahora bien; este Tribunal visto que se corrigió el error de transcripción en el cual se incurrió, acuerda d.....