PRIMERO: Se declara CON LUGAR la presente acción de Interdicto de Obra Vieja o Daño Temido intentada por el ciudadano JOSÉ OLIVO ARAQUE BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.446.267, de este domicilio y hábil, contra el ciudadano FAVIAN VELAZCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.247.737, de este domicilio y hábil.
SEGUNDO: Se ORDENA a la parte querellada ciudadano FAVIAN VELAZCO anteriormente identificado, a realizar las reparaciones pertinentes en el inmueble de su propiedad ubicado en la calle 1 de la Urbanización La Castra con calle principal y carrera 2 N° 0-35, las cuales consisten en: Eliminar la entrada de agua por la unión de las láminas de techo del inmueble propiedad del demandado con las paredes del inmueble propiedad del demandante, para lo cual se debe construir una junta de dilatación, o al menos impermeabilizar la junta y colocar manto edílico, arropando, tanto la superficie vertical de la p.....