PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por el ciudadano ALBERTO ANGULO RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-15.207.761, domiciliado en el Barrio Colinas de San Rafael, Parte Baja, frente a la pasarela, vía que conduce al Llano, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira a los linderos fijados por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira actuando a solicitud de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO AMEZQUITA AMEZQUITA y REIZZER JOSÉ AMEZQUITA AMEZQUITA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad No. V-5.666.030 y V-10.155.943, el primero de éste domicilio y el segundo domiciliado en Puerto Ordaz, Estado Bolívar.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de deslinde judicial incoada por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO AMEZQUITA AMEZQUITA y REIZZER JOSÉ AMEZQUITA AMEZQUITA, antes identificados por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial.....