Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA, interpuesta por el ciudadano JOSÉ DOLORES MORA RICO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-1.759.622, comerciante, civilmente hábil, domiciliado en la ciudad de San Juan de Colón Municipio Ayacucho del estado Táchira; en contra de los ciudadanos JOSÉ GONZALO ANSELMI SÁNCHEZ y JOSÉ GREGORIO ANSELMI SÁNCHEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, hábiles, titulares de las cédulas de identidad N° V.-4.354.969 y V.-4.167.771 respectivamente, con domicilio desconocido, y a los herederos desconocidos que integran las sucesiones ANSELMI SUAREZ; ANSELMI MARQUEZ y ANSELMI VIVAS.
SEGUNDO: Se condena en costas al ciudadano J.....