declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a los ciudadanos LUIS FELIPE ROLON ORTIZ y ANA TILCIA RIVERA DE ROLON, sus derechos de propiedad sobre unas mejoras edificadas a sus propias y únicas expensas, con dinero de su peculio común, consistentes en una casa para habitación de dos pisos, en bloque y cemento, con instalaciones eléctricas, de aguas blancas y negras, constituida en dos pisos y distribuidos así: PLANTA BAJA: Sala de recibo, sala de estar, comedor, cocina, dos (02) habitaciones, un (01) baño, patio y área de servicios y demás anexidades que le son propias y escalera de acceso a la planta alta. PLANTA ALTA: Sala de recibo, cocina, cuatro (04) habitaciones y dos (02) baños, con techo mitad de platabanda y mitad de acerolit. Toda la edificación conllevo desde su inicio con los movimientos de tierra y el levantamiento de estructura, todo en acabado de primera, los baños con sus piezas sanitarias y revestimientos de loza, puertas y venta.....