Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 21/09/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 34412 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2012
Procedimiento:
Fraude A La Ley
Partes:
LUÍS RAMÓN RAMÍREZ GRANADOS, CONTRA SOCIEDAD MERCANTIL INDUSTRIAS ARCO IRIS 2.008 C.A
Resumen:
DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE FRAUDE PROCESAL POR VÍA INCIDENTAL, interpuesta por el ciudadano LUÍS RAMÓN RAMÍREZ GRANADOS, en su carácter de Gerente de la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA GRANADOS COMPAÑÍA ANÓNIMA, asistido por el abogado GONMAR PÉREZ MENDOZA, contra la Sociedad Mercantil INDUSTRIAS ARCO IRIS 2.008 C.A. representada por su apoderado judicial FREDDY JOSÉ VALERA SOSA, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Se condena en costas a la Sociedad Mercantil COMERCIALIZADORA GRANADOS COMPAÑÍA ANÓNIMA, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese, regístrese, NOTIFÍQUESE y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Juez/Ponente:
Reina Mayleni Suarez Salas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

N° Expediente : 34412 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2012
Procedimiento:
Cobro De Bolivares
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL INDUSTRIAS ARCO IRIS 2.008 C.A. CONTRA COMERCIALIZADORA GRANADOS
Resumen:
De acuerdo al anterior criterio jurisprudencial, la justicia debe imperar sobre los formalismos y de las actas procesales se observa que para hacer justicia en el presente proceso de Cobro de Bolívares, debe negarse la homologación solicitada y se debe continuar la causa con su curso normal, es decir, se debe aperturar el lapso para que la demandada pague o se oponga al decreto intimatorio dentro de los diez (10) días de despacho siguientes después, una vez quede firme la presente decisión, pues así se garantiza el contradictorio y pleno derecho a la defensa de las partes. Así se decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Juez/Ponente:
Reina Mayleni Suarez Salas
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados