DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA DE NULIDAD DE VENTAS interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ANGÉL BECERRA, VERÓNICA ZAMBRANO DE BECERRA, GERARDO GARCÍA FERNANDEZ y JAIME ORTEGA CHACÓN, asistidos por el abogado OSCAR PEDROZA HERNANDEZ, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES CASTILLERA C.A, representada por su Gerente ADIB BEIRUTTI BRACHO, de la Sociedad Mercantil KIRBAJ C.A, representada legalmente por su Presidente GHAZI KIRBAJ y de los ciudadanos JOSÉ ALVARO CASTILLO y PIO FARIEL VILLALBA SANTIAGO, suficientemente identificados en autos.
Se condena en costas a los ciudadanos JOSÉ ANGÉL BECERRA, VERÓNICA ZAMBRANO DE BECERRA, GERARDO GARCÍA FERNANDEZ y JAIME ORTEGA CHACÓN, con forme a lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, NOTIFÍQUESE