Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, homologa la referida transacción celebrada en fecha 17 de noviembre de 2020, en los términos en ella establecidos, y acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Una vez quede firme el presente auto este Tribunal levantara la medida de embargo preventivo. Así se decide.
Dra. Fanny Trinidad Ramírez Sánchez
Juez Provisorio
Heilin Carolina Páez Daza
Secretaria Titular
Siendo las 12;30 de la tarde se dictó y publicó la anterior decisión y se dejó copia digitalizada de la misma para el archivo.....