el demandado conviene en todas y cada una de sus partes en la demanda, e igualmente realizan ofrecimiento de pago y, la parte demandada aceptó el ofrecimiento realizado, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN DE LEY y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
FLOR MARIA AGUILERA ALZURU
JUEZ TEMPORAL