Así las cosas, por las razones expuestas al adolecer los aludidos instrumentos denominados por la parte actora "letra de cambio" de los requisitos anteriormente indicados exigidos por el Artículo 410 del Código de Comercio los mismos son nulos a tenor de lo dispuesto en el Artículo 411 del Código de Comercio, y en consecuencia al no cumplirse con uno de los requisitos exigidos en el Artículo 643 del Código de Procedimiento Civil, relativo a la prueba escrita del derecho que se alega la cual debe tratarse de las previstas en el Artículo 644 procesal, se declara inadmisible la demanda de cobro de suma de dinero instaurada por el Procedimiento de Intimación, por la abogada Kenia Margarita Rodríguez Urbay, actuando como endosataria en procuración del ciudadano Juan Rocha, en contra de la ciudadana Berlis Neyda Mendoza Peñaloza. Así se decide.
Publíquese, regístrese, notifíquese a la parte actora y déjese copia certificada digitalizada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sell.....