DECLARA CON LUGAR, la demanda de Divorcio incoada por la ciudadana ALBA ZAMBRANO MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-9.338.585 contra el ciudadano JOSE ANTONIO AMAYA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-82.083.189 por Divorcio, fundamentándose en la causal 2º del artículo l85 del Código Civil. En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre ellos el día 29 de Noviembre de 1996, por ante la Prefectura de la Parroquia San Sebastián, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, según acta de Matrimonio N° 248