Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Mario Alberto Escobar Marín contra la ciudadana Yrus Nataly Suárez Castro por reconocimiento de la unión concubinaria. En consecuencia, declara que entre los mencionados ciudadanos Mario Alberto Escobar Marín e Yrus Nataly Suárez Castro, existió una unión concubinaria que inició el 27 de febrero de 2013 y concluyó el 19 de febrero de 2019.
SEGUNDO: una vez quede firme la presente decisión inscríbase en los Libros de Registro Civil del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, para lo cual se acuerda expedir copia fotostática certificada, conforme a lo establecido en el Artículo 119 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Igualmente, se ordena publicar en un Diario de los de mayor circ.....