este Juzgado observando que el procedimiento civil se caracteriza por su estructura, secuencia y desarrollo preestablecido en la Ley e indisponible por las partes o por el Juez, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA solicitada por el abogado ENRIQUE OLIVO DIAZ, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos NANCY AVILA DE RAMOS, JULIETA AVILA GUZMAN, JULIO CESAR AVILA GUZMAN, JORGE AVILA GUZMAN JHON JAIRO AVILA GUZMAN, FERNANDO AVILA GUZMAN y LUDIN AVILA GUZMAN y DERLIM AVILA GUZMAN, suficientemente identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
FLOR MARIA AGUILERA ALZURU
JUEZ TEMPORAL
ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRAN
LA SECRETARIA
Exp. 35.026
En la misma fecha se publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley, a las tres y veinticinco de la tarde (03:25 p......