DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por BIENES Y RAICES ALVAJOS COMPAÑÍA ANONIMA (BIERALCA); Sociedad Mercantil constituida y domiciliada en San Cristóbal, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; de fecha 06 de abril de 2001, bajo el N° 30, tomo 7-A; Segundo Trimestre; en contra de la ciudadana LUZ MARINA ALMEIDA PEREZ; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.300.918; domiciliada en la Torre Catherine, apartamento 2-4 Avenida Manuel Felipe Rugeles, La Concordia, San Cristóbal, Estado Táchira; en consecuencia ordena a la arrendataria LUZ MARINA ALMEIDA PEREZ; antes identificada a entregar el inmueble arrendado objeto de la presente acción a la SOCIEDAD MERCANTIL BIENES Y RAICES ALVAJOS COMPAÑÍA ANONIMA (BIERALCA); inmediatamente sin plazo alguno, libre de personas y muebles en el mismo buen y perfecto estado en que lo recibió.
SEGUNDO: No ha.....