DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su Única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
UNICO: DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada Yuliana del Valle Ramírez Ramírez en su carácter de defensora del acusado Oscar Antonio Agelvis Guillen, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos, como punto previo declaró sin lugar la excepción opuesta por el abogado Jafeth Vicente Pons Briñez, consistente en el sobreseimiento de la causa, planteada conforme al artículo 28, numeral 4, literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, y admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el literal .....