DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de revisión de sentencia definitivamente firme interpuesto por la Abogada Gilhda Rosa Peña Ortiz, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano Wilmer Alexander Celis Rodríguez.
SEGUNDO: MODIFICA la decisión dictada en fecha 28 de septiembre de 2009, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual entre otros pronunciamientos, condenó al referido imputado a cumplir la pena de Veinte (20) Años de Presidio, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Agravado, previsto y sancionado en el artículo 407 numeral 1 del Código Penal.
TERCERO: Esta Corte de Apelaciones de conformidad con el artículo.....