DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: ANULA DE OFICIO las decisiones dictadas en fecha 21 de noviembre del 2016 y 06 de abril del 2017, publicadas el 29 de junio del 2017, por el Tribunal Quinto en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante las cuales condenó a los ciudadanos CANDY MICHELLE LONDOÑO ROA y HURTADO MOSALVE ENMANUEL, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN AGRAVADA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 en su primer aparte, en relación con el artículo 163 numeral 11 de la Ley Orgánica de Drogas+
SEGUNDO: SE ORDENA que otro tribunal de la misma competencia y categoría decida sobre lo mismo, con prescindencia a los vicios aquí es.....