DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación signado bajo la nomenclatura SP21-R-2017-000232, interpuesto por los Abogados YULY JEMAIVE OSORIO ANDARA Y REINALDO JOSÉ CHACÓN PACHECO, Fiscal Provisorio Vigésimo Tercero y Auxiliar Interino del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con competencia en materia Contra la Corrupción, Bancos, Seguro y Mercado de Capitales y Fiscal Auxiliar adscrita a dicha Fiscalía.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 17 de mayo de 2017, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, REVISÓ LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en fecha 15 de marzo de 2017 a los i.....