DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara Admisible el recurso de apelación interpuesto por los abogados Clodowaldo de la Cruz Barajas y Juan Pablo Mancilla Ojeda, Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar respectivamente, de la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira; contra la decisión publicada en fecha veintitrés (23) de enero del año 2020, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Táchira –extensión San Antonio-.
SEGUNDO: Fija para al décimo (10) día de despacho siguiente al de hoy la publicación de la decisión correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 442 ibídem .
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala .....