DECISIÓN
Por las razones que anteceden, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados Geovanny Corzo Ortiz y Rafael Leonardo Colmenares Calderón, inscritos en el Inpreabogado N° 57.933 y 44.733 en su respectivo orden, actuando con el carácter del ciudadano William Alexander Nuncira Galvis, plenamente identificado en autos.
SEGUNDO: SE ANULA la Sentencia dictada el 22 de marzo del 2017 y publicada el 27 de marzo del 2017 por el Tribunal Cuarto en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual, entre otros pronunciamientos, condenó al acusado de autos a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de EXTORSIÓN previsto y sancionado en el artículo 16 en concordancia con el artículo 19 numeral 4 .....