DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Ana Mercedes Depablos Medina y Nelson Enrique Medina Avila, inscritos en el Inpreabogado N° 58.637 y 232.873 en su respectivo orden, quienes actuaban para el momento de interponer el presente escrito como defensores privados del ciudadano Carlos Emilio Medina Romero.
SEGUNDO: declara con lugar la denuncia interpuesto por los abogados Ana Mercedes Depablos Medina y Nelson Enrique Medina Avila, inscritos en el Inpreabogado N° 58.637 y 232.873 en su respectivo orden, quienes actuaban para el momento de interponer el presente escrito como defensores privados del acusado, con respecto a la falta de motivación de la sentencia dictada en fecha 02 de noviembre de.....