II
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la recusación planteada en contra de este juzgador, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR C.A., en la causa signada con el número SP01-R-2017-000047, contentiva de apelación en el recurso de nulidad intentado por la sociedad mercantil CERVECERÍA POLAR, C.A., signado con la nomenclatura SP01-L-2017-91, que actualmente conoce primera instancia, en contra del auto de fecha 30 de mayo de 2016 y acta de ejecución de fecha 15 de noviembre de 2016, emanados de la Inspectoría del Trabajo del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se condena al solicitante, Abogado JORGE ISAAC JAIMES LARROTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 122.806, a la cancelación de 60 U.T, .....