DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada en fecha 01 de julio de 2011, contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 08 de junio de 2011.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión apelada.
TERCERO: SE DECLARA LA PRESCRIPCIÓN de la acción propuesta por la ciudadana LAYDA LISBETH CHACÓN SALINAS en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda incoada.
CUARTO: No hay condena en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y bájese oportu.....