IV
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto en fecha 06 de abril de 2005, por la abogada AUDELINA VALERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.356 contra la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 30 de marzo de 2005.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana ISAURA GALVIS BLANCO, venezolana, mayor de edad, con Cédula de Identidad Nº 17.170.112, contra el CONJUNTO RESIDENCIAL EL COUNTRY, registrada en la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio San Cristóbal, bajo el Nº 3, Tomo 18, Protocolo I, Segundo Trimestre del 15 de octubre de 1992.
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