Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, al observar que no cometió ningún error en el cálculo de las prestaciones sociales del ciudadano Gustavo Adolfo Castillo Guerrero, decide confirmar el fallo de fecha 27 de septiembre de 2005 en su totalidad.
Téngase la presente aclaratoria como parte integrante del fallo dictado por este Tribunal en fecha 27 de Septiembre de 2005, en el proceso de Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesto por el ciudadano Gustavo Adolfo Castillo Guerrero contra la Sociedad Mercantil Comunitel de Venezuela S.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los cinco .....