Por las razones expuestas, ESTE TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION LOS ANDES EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
1.- SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, y en consecuencia se declara: Extinguido el proceso incoado por ciudadana Maria Betania Torre Vela, titular de la cedula de identidad N° 10.104.252, en condición de Gerente de la Empresa, contra la Resolución de Jerárquico N° SNAT/GGSJ-GR-DRAAT-2017-0121 de fecha 24/02//2017, emanada de Gerente General de Servicios Jurídicos, SENIAT.
2.- NOTIFÍQUESE al Procurador General de la República de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 100 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.
3.- La notificación se practicara por correo con acuse de recibo de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.
4.- Una vez conste en autos debidamente efectuada la notificación del Procurador General de la República, archivase e.....