PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JUAN AGUSTÍN RAMÍREZ MEDINA en fecha 15 de abril de 2.014, en su carácter de demandante, contra la decisión dictada el 11 de abril de 2.014 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira que declaró inadmisible la demanda.
SEGUNDO: Se ANULA la decisión dictada el 11 de abril de 2.014 por el Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, con asiento diario N° 25.
TERCERO: Se DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de bolívares-procedimiento de intimación incoara JAVIER JOSÉ DE LA COROMOTO GUEVARA RODRÍGUEZ, actuando con el carácter de Director de la Sociedad de Comercio GUEVARA & SÁNCHEZ INGENIERIA C.A., contra la Sociedad Mercantil Constructora FRECAL C.A. En consecu.....