ÚNICO: CON LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana Juez Unipersonal N° 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Abogada HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ, en la solicitud de Adopción formulada por los ciudadanos WILMER JAVIER MARQUEZ SÁNCHEZ y SONIA PATRICIA JIMÉNEZ LÓPEZ , signada por ante la referida Sala bajo el N° 37801.-
Remítase con oficio copia computarizada certificada de la presente decisión a las Salas de Juicio números 1, 2, 3, 4 y 5 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; así como al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la misma Circunscripción Judicial.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada de esta decisión, para el archivo del Tribunal, según lo ordenan los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.