PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana LLANELY ALEJANDRA PRIETO CHIRINOS, actuando como representante legal del beneficiario de la obligación alimentaria, contra el dispositivo QUINTO de la sentencia de fecha 10 de julio de 2006 dictada por el Juzgado de los Municipios Independencia y Libertad de de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró inadmisible la solicitud formulada por la ciudadana LLANELY ALEJANDRA PRIETO CHIRINOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.970.029, relativa al incumplimiento en el pago del monto alimentario.
SEGUNDO: No hay CONDENATORIA en costas dada la naturaleza del fallo.
Queda CONFIRMADA la decisión apelada.
Publíquese esta sentencia en el expediente N°1416 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.