PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, a favor del ciudadano ADOLFO RAMÍREZ APARICIO, ya identificado, para que mantenga la continuidad de la productividad y culminación de los ciclos biológicos de los cultivos existentes en el lote de terreno denominado "LOS CORUBOS", ubicado en el Sector Planes del Hato, Aldea Zayzayal, Parroquia Juan Pablo Peñaloza, Municipio Uribante del estado Táchira; alinderado así: Norte: Terreno ocupado por Amado Molina; Sur: Terrenos ocupados por Fermín Valderrama y Álvaro Buitrago; Este: Con ramal interno; Oeste: Terreno ocupado por Fermín Valderrama.
SEGUNDO: Se ordena notificar mediante oficio del decreto de la presente medida al Instituto Nacional de Tierras a través de la Oficina Regional de Tierras del estado Táchira; así mismo, al Puesto de la Tercera Compañía del Destacamento de Montaña 214 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, con sede en Pregonero Municipio Uribante estado Táchira; haciéndoles .....