PRIMERO: Se declara CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado FERNANDO RAMÓN MARTÍNEZ RAMÍREZ, en su carácter de co-apoderado judicial del ciudadano RAFAEL ANTONIO CARRERO GARCÍA, contra la sentencia dictada el 10 de julio de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando como segunda instancia, en el expediente Nº 6313 de la nomenclatura de ese Tribunal.
SEGUNDO: Se Anula la sentencia dictada el 10 de julio de 2006 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia, se ordena al Tribunal de Primera Instancia Civil que resulte competente proceda a dictar nueva decisión que resuelva el recurso ordinario de apelación interpuesto, acatando las consideraciones expuestas en la presente decisión.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del asunto.
CUARTO: Notifíquese esta.....