PRIMERO: Se declara SIN LUGAR las apelaciones interpuestas el 19 de mayo de 2011 por la codemandada ISAURA DEL VALLE CEDEÑO VELASCO asistida de abogado y, por el abogado ANUEL DISNEY GARCÍA MONTOYA en su carácter de apoderado judicial de las co-demandadas BESSY TERESA PÉREZ DE CEDEÑO, BESSY MARÍA CEDEÑO DE PÉREZ, BESSY CECILIA CEDEÑO DE CUESTA Y BESSY LUISANA CEDEÑO PÉREZ; contra la sentencia definitiva dictada el 13 de abril de 2.011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva dictada el 13 de abril de 2.011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. En consecuencia: 1) Se declara CON LUGAR la demanda que por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoaran los ciudadanos JESÚS ANTONIO CEDEÑO CABEZA y ANA CATALINA OCARIZ DE CEDEÑO, sobre un inmueble constituido por una casa par.....